¿Están los cosméticos suficientemente regulados?

Según Paracelso, médico y filósofo suizo del siglo XVI, «cualquier sustancia aplicada en el cuerpo puede causar daño , dadas las circunstancias adecuadas».

¿Has pensado alguna vez que un cosmético puede provocarte más daño que beneficio?

Los cosméticos se utilizan para fines estéticos y así  cambiar en la medida de lo posible la apariencia del cuerpo, pero no su estructura real o función.

cosmeticos

Pocos son los médicos que se interesan por esta industria, cada vez más en auge, ya que no consideran estos productos dentro de sus competencias. Este debate está vigente desde hace más de un siglo y es que ¿es necesario proteger la salud de la población de los posibles efectos dañinos de ciertos cosméticos?

La (FDA) the US Food and Drug Aministration está luchando desde hace décadas por esta regulación.

Algunas determinadas empresas y marketing sin escrúpulos, juegan con la vulnerabilidad de la población, incluyendo determinados productos no aptos para este uso, como ya ocurrió en Estados Unidos, al detectar diethylene glycol en el año 2007 en una pasta de dientes importada de China.

En España los cosméticos están regulados por el Reglamento (CE) nº 1223/2009 del parlamento Europeo y del consejo del 30 de Noviembre de 2009 :

  • Inclusión de definiciones.
  • Establecimiento de obligaciones de los diferentes agentes implicados en la comercialización de cosméticos.
  • Realización de un informe de seguridad para todos los cosméticos.
  • Regulación de ingredientes.
  • Requisitos de etiquetado y publicidad.
  • Cosmetovigilancia.
  • Control de mercado.
  • Medidas a adoptar en caso de riesgos derivados de los productos cosméticos comercializados.

¿Son suficientes estas medidas? ¿Está el consumidor suficientemente informado del producto que adquiere y de los posibles efectos » no deseados » sobre la piel?

Es cierto que se está avanzando en este sentido pero todavía queda mucho camino por recorrer.

Existen además diferencias entre las normativas de los distintos países frente a la regulación, por ejemplo Estados unidos y Canadá tienen prohibidos determinados ingredientes, y en España la restricciones de estos, se limitan sólo si se formulan conjuntamente. ¿Debería existir una regulación Internacional?

La ley no requiere a las empresas de cosmética que denuncien al Ministerio de Sanidad los problemas derivados del uso de cosméticos, lo mismo ocurre en estados Unidos así que le deja al consumidor la responsabilidad de hacerlo.

¿Cuándo debería denunciar de un efecto adverso de un cosmético?

Cuándo aparezca una quemadura, erupción, enrojecimiento persistente, infección , dolor de cabeza, perdida de cabello o cualquier otra alteración que consideremos que se sale de lo razonable.

También se deberá avisar si observamos cambio de color, mal olor , alguna señal de contaminación o presencia de un material extraño que no debería estar en el cosmético.

Aquí os dejo una lista de lo que debemos considera productos cosméticos:

-Limpiadores faciales y corporales

-Desodorantes

-Cremas y lociones hidratantes y otras cremas para el cuidado de la piel

-Maquillaje, esmalte de uñas, cremas depilatorias, tintes y productos para el cabello.

-Productos afeitado

-Perfumes y colonias

-Tatuajes temporales y permanentes.

¿Nuestro consejo?

Cuando vayas a comprar un producto cosmético lee bien sus ingredientes y compra en establecimientos autorizados, donde te puedan aconsejar y responder adecuadamente ante la aparición de algún efecto no deseado. Si tienes alguna reacción adversa lo primero que debes hacer es» dejar de usar el producto y consulte con tu médico o farmacéutico».

 

Julieta de la Morena de Castro. Licenciada en Farmacia y Nutrición Humana y Dietética.

http://www.farmaciajulietadelamorena.es

 

 

Fuentes consultadas: The NYTimes. Jane .E Brody. Robert M,Califf,MD. Jonathan Mc Call,MD. BMark,MD MPH

 

 

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